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El tribunal designa a un tutor para que represente los intereses del tutelado. Hay dos tipos de tutela. El primero es para un menor que recibirá una cantidad igual o superior a 15 000 dólares en concepto de un acuerdo judicial, de un beneficiario por homicidio culposo, de la adjudicación de una póliza de seguro o de una herencia. La ley de Florida presume que un menor no puede administrar correctamente una cantidad sustancial de dinero. Por lo tanto, la función del tutor es velar por el interés superior del niño hasta que el menor cumpla 18 años. El otro caso, que se encuentra en el extremo opuesto de la vida, suele involucrar a las personas mayores. Se designa a un tutor para que vele por la salud y la seguridad del pupilo y administre las finanzas y los bienes del pupilo porque el pupilo ya no tiene la capacidad mental necesaria para realizar esas tareas diarias.

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Una tutela involuntaria pone las decisiones que el pupilo tomaría sobre su salud, bienestar y propiedad en manos de un miembro de la familia o de un tutor profesional. Un tribunal debe determinar que el pupilo está incapacitado antes de poder nombrar un tutor. El tribunal debe determinar, mediante pruebas claras y convincentes, que el tutelado no puede hacer frente a sus necesidades y tareas diarias y no puede tomar decisiones financieras sólidas ni administrar su dinero.

Se puede designar un tutor solo para que la persona cuide de la salud y las necesidades diarias del pupilo o para que la propiedad se encargue de las finanzas y los bienes del pupilo. El tribunal puede hacer que la tutela sea plenaria, es decir, cuidar de la persona y los bienes del pupilo.

Los acontecimientos recientes en el estado de Florida que involucran a tutores profesionales demuestran la importancia de tener un tutor calificado o apropiado designado. Para obtener más información, haga clic en el enlace de abajo.